Como ya os indicamos en anteriores post, las actividades incluidas en la ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, y las incluidas en la ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, una vez otorgada la licencia de instalación de la actividad, requerirán de forma obligatoria para su apertura o puesta en marcha, la licencia de funcionamiento de actividad en Alcorcón.
Podéis revisar el post sobre licencias de instalaciones de actividades en Alcorcón, donde os ofrecíamos algunos ejemplos de negocios incluidos en las leyes anteriores.
¿Por qué tengo que solicitar la licencia de funcionamiento?
Este tipo de licencias tiene que solicitarse, para que los servicios técnicos municipales puedan verificar in situ, que las obras e instalaciones solicitadas en la licencia de instalación de actividades, se han ejecutado de conformidad con el proyecto y condiciones en que las que se concedió esta licencia.
Tipo de Procedimiento
Las licencias de funcionamiento de actividades en Alcorcón deberán ser resueltas, como máximo, en el plazo de un mes. Esto será así, siempre y cuando la documentación que haya que aportar junto a la solicitud de licencia, sea completa.
Si no existiera requerimiento municipal acerca de deficiencias en la documentación, y no hubierais obtenido el informe favorable de esta licencia, por ejemplo, por no haber realizado los servicios técnicos municipales la inspección municipal en plazo, podréis iniciar la actividad transcurrido un mes desde el inicio del expediente.
No podréis poner en marcha vuestro negocio, si como consecuencia de la inspección municipal en vuestro establecimiento, se hubieran detectado deficiencias en la implantación de la actividad o algún tipo de infracción urbanística, y esté en tramitación y no resuelto el correspondiente expediente de restauración de la legalidad urbanística infringida y/o subsanación.
¿Cuál es la documentación que tengo que aportar?
La documentación que tendréis que aportar es la que os detallamos a continuación:
- Impreso normalizado de la solicitud de licencia de funcionamiento de actividades (modelo DYC-104). Deberéis entregarlo por duplicado. Podréis descargar este impreso en la web del ayuntamiento de Alcorcón.
- Certificado final de instalaciones de técnico competente.
- Contrato de mantenimiento de los elementos de protección contra incendios con empresa mantenedora autorizada a nombre del titular.
- Plan de Autoprotección o Emergencia en los términos exigidos por la normativa vigente, para actividades que lo precisen.
- Certificado, cuando proceda, de mediciones del aislamiento acústico del local, realizado por laboratorio o Técnico competente.
- Para el supuesto de actividades sujetas a la Ley 17/1997, copia del contrato del seguro, en la cuantía mínima vigente en cada momento, que cubra los riesgos de incendio del local o instalación, y de responsabilidad civil por daños a los concurrentes y a terceros.
- Cualesquiera otros documentos que se hubieren exigido en la licencia de instalación de actividades. Dependiendo de vuestra actividad, os podrían requerir otros documentos como pueden ser:
– Contrato de gestión de residuos.
– Copia del registro industrial en la Comunidad de Madrid.
– Certificado de las instalaciones eléctricas.
– Certificado conformidad de la EICI con las instalaciones de protección contra incendios.
– Ficha técnica del local, etc.
Declaración Responsable de Inicio de Actividad
En el ayuntamiento de Alcorcón, las actividades incluidas en la Ley 17/1997 (hostelería y ocio), podrán iniciar su actividad sin esperar el informe favorable de la licencia de funcionamiento, si en lugar de solicitar esta licencia mediante el impreso DYC-104, lo hacen mediante el impreso DYC-204 de Declaración Responsable de inicio de actividad. Por supuesto, tendréis que incluir la misma documentación que se solicita para una licencia de funcionamiento de actividad.
Esto supone que podréis ejercer vuestra actividad sin haber pasado la inspección municipal. Importante que tengáis en cuenta, que la inspección se os hará igualmente y deberéis cumplir todos los requisitos.
¿Cuáles son las tasas que deberé abonar al ayuntamiento?
Si la solicitud de la licencia de funcionamiento de actividades en Alcorcón, se realiza como paso posterior a una licencia de instalación de actividades, no tendréis que abonar ninguna tasa adicional. Estas tasas se consideran incluidas en las abonadas durante la tramitación de la licencia de instalación.
La tasa urbanística a abonar en el año 2021, es de 914,93 €. Únicamente tendréis que abonarla para los casos en los que se deba tramitar exclusivamente este tipo de licencia.
¿Cómo iniciar el trámite de una licencia de funcionamiento de actividad en Alcorcón?
Para iniciar el trámite, sólo tendréis que presentar en el registro del ayuntamiento, el impreso de solicitud de licencia por duplicado, y el resto de documentación.
En Arpa licencias contamos con un personal altamente cualificado que os ayudarán en la tramitación de este tipo de expedientes. Si tenéis cualquier cuestión, por favor, no dudéis en contactar con nosotros.