Si estáis pensando en invertir en un nuevo negocio en Leganés, es importante que sepáis que antes de solicitar la licencia o declaración responsable de actividad al ayuntamiento, deberéis realizar un trámite previo que se denomina Consulta Previa de Inicio de Actividades Económicas en Leganés.
¿Por qué es necesaria este tipo de consulta en Leganés?
La consulta previa de inicio de actividades económicas en Leganés, es una solicitud que presentáis ante la administración para que emitan un informe previo y preceptivo de la actividad, donde os informan de si los usos previstos cumplen la normativa de aplicación y sobre si es necesario que vuestra actividad se someta a algún tipo de procedimiento ambiental.
Con este trámite os evitáis de antemano y antes de invertir fondos en un establecimiento, una posible denegación porque la actividad no estuviera admitida en esa ubicación, el uso no fuera compatible, etc.
¿Cuándo estáis obligados a presentar una consulta previa de inicio de actividades económicas en Leganés?
Es imprescindible que presentéis esta consulta previa para cualquier tipo de actividad económica, independientemente del uso o ubicación, estáis obligados a realizar este trámite.
La contestación a la consulta previa la realizan los técnicos municipales en un plazo de 20 días hábiles. El silencio administrativo se entenderá como positivo, excepto en los supuestos en los que una norma con rango de ley, por razones de interés general, o una norma de derecho comunitario establezca lo contrario.
¿Cuál es la documentación que tendréis que aportar?
Es un procedimiento bastante sencillo. La documentación que tendréis que aportar es la que os detallamos a continuación:
- Impreso normalizado de Consulta Previa de Inicio de Actividades Económicas que podréis descargar de la página web.
- Memoria técnica descriptiva y gráfica de la actividad, que incluirá:
- La definición, las características y la ubicación del proyecto.
- Planos de la actividad y sus instalaciones.
- Descripción de la actividad, los procesos productivos empleados, los productos almacenados y los residuos generados (sólidos, líquidos y gaseosos).
- Autoliquidación de la tasa (modelo 021).
- Contrato de arrendamiento o escritura de propiedad del local.
¿Cuáles son las tasas que deberéis abonar?
La tasa que deberéis abonar para una consulta previa de inicio de actividades económicas en Leganés es única y asciende a la cantidad de 46,06 €.
¿Cómo presentar la consulta previa de inicio de actividades económicas en Leganés?
Únicamente necesitaréis presentar en cualquier registro del ayuntamiento, ya sea de forma presencial o telemática, el impreso normalizado por duplicado, las tasas urbanísticas abonadas y el resto de documentación.
Una vez revisada la documentación por los servicios técnicos municipales, emitirán contestación a vuestra consulta en un plazo máximo de 20 días hábiles.
Si necesitáis ayuda en la elaboración de este tipo de consultas, no lo dudéis, contactad con nosotros y estaremos encantados de ayudaros.